"Introducción del Sistema Electrónico de Autorización de Viaje (ESTA) para Los Estados Unidos de Norte América"



El Gobierno de Los Estados Unidos de Norte América nos informa que a partir del 1 de agosto del 2008, el Sistema Electrónico para la Autorización de Viaje (ESTA, por sus siglas en ingles: Electronic System for Travel Authorization ) de los Estados Unidos de América ha sido accesible a través del Internet para los ciudadanos y nacionales elegibles de los países participantes en el Programa de Exención de Visado (VWP, por sus siglas en inglés) para solicitar por adelantado una autorización de viaje a Estados Unidos bajo el VWP. Recomendamos que solicite dicha autorización voluntariamente y con anticipación ya que esta programado que a partir del 12 de Enero del 2009 la aprobación previa del ESTA será un requisito obligatorio a la hora de viajar hacia los Estados Unidos.

Una vez usted es autorizado por el sistema, esta autorización es valida por 2 años a partir de la fecha en que fue autorizada (sin embargo, si su pasaporte vence antes de cumplir los 2 años, la autorización será vigente hasta la fecha de vencimiento de su pasaporte.) y durante este periodo (2 años) si su viaje es dentro del marco de lo establecido en el programa de Exención de Visado, usted puede viajar libremente cuantas veces desee hacerlo.

La solicitud del ESTA se realiza en la pagina web: https://esta.cbp.dhs.gov/ y la respuesta se informa de manera inmediata. La solicitud es completamente gratuita. Si su autorización es denegada, usted debe dirigirse al Consulado Norte Americano de su conveniencia y solicitar Visado Norte Americano.

Por el momento la pagina web esta publicada en el idioma Ingles. Sin embargo, esta programado para ser publicado en todos los idiomas a partir del 15 de octubre del 2008.

Les recomendamos a las personas que tienen planificado viajar a los Estados Unidos, solicitar lo mas pronto posible su autorización ESTA. Luego de que el ESTA entre en vigencia definitiva a partir del 12 de enero del 2009, será necesaria la autorización con una antelación mínima de 72 horas antes de su vuelo y si su autorización no es aceptada y usted no posee su Visado Norte Americano, se le negará el abordo a la avión o barco y por ende la entrada al país (EE.UU.).

Para mayor información favor de dirigirse a las siguientes páginas:

Embajada Norte Americana en Japón
http:japan.usembassy.gov/j/visa/tvisaj-esta2008.html

Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos
http://www.dhs.gov/xnews/releases/pr_1212501117599.shtm




© Copyright 2012 Embajada del Japón en la Rep. Dom. Todos los derechos reservados. ®