A partir del 12 de enero del 2009, es obligatorio solicitar una autorización por adelantado a través de la Sistema Electrónico para la Autorización de Viaje (ESTA, pos sus siglas en inglés) cuando las personas de los países participantes del Programa de Exención de Visado incluyendo los nacionales Japoneses, viajan a los Estados Unidos bajo ese programa.
Deberán realizar la aplicación al ESTA con un mínimo de 72 horas de antelación. El gobierno de Estados Unidos ha anunciado que a partir de las 12:00 p.m. (Hora del Este) para el 8 de Septiembre del 2010, se cobrará US$ 14 dólares al aplicar el ESTA. El pago se realizará a través de la página web https:https://esta.cbp.dhs.gov/ mediante el uso de tarjetas de crédito o débito. Las tarjetas autorizadas son Master Card, Visa, American Express y Discover.
Una vez usted es autorizado por ESTA, esta autorización es válida para múltiple entradas en Estados Unidos, por 2 años a partir de la fecha en que fue autorizada o hasta la expiración del pasaporte del aplicante u otra circunstancia especifica que de lugar a la necesidad de volver a aplicar, cualquiera de estas que ocurra primero. La solicitud al ESTA se realiza en la pagina https://esta.cbp.dhs.gov/ y la mayoría de las respuestas se informan de manera inmediata. En caso de que su solicitud sea colocada en espera, recibirá una notificación dentro de 72 horas. En ese caso, confirme nuevamente vía la página web luego de transcurrida varias horas. Si su autorización es denegada, usted debe dirigirse al Consulado Norte Americano de su conveniencia y solicitar el Visado Norte Americano.
Para mayor información favor de dirigirse a las siguientes páginas:
Comisionado de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) de los Estados Unidos (en Inglés)
http://www.cbp.gov/xp/cgov/newsroom/news_releases/national/08062010_2.xml
Embajada Norte Americana en Japón (en Japonés)
http://japan.usembassy.gov/j/visa/tvisaj-important.html
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